DEVOLUCIÓN IRPF MATERNIDAD Y PATERNIDAD

GUÍA PARA LA DEVOLUCIÓN DEL IRPF POR MATERNIDAD Y PATERNIDAD

Ya está disponible en la Página Web de la AEAT el formulario para solicitar la devolución de las prestaciones por maternidad y paternidad. Este formulario está disponible para las solicitudes de los años 2014 y 2015 En enero de 2019 se habilitará el formulario para solicitar la rectificación de las declaraciones de 2016 y 2017.

¿Quién puede reclamar?

Este procedimiento está disponible para todos aquellos padres y madres que recibieron la prestación correspondiente en los años 2014, 2015, 2016 y 2017. Si la prestación se recibió con anterioridad a estos años, no se tiene derecho puesto que son ejercicios prescritos.

¿Cómo se puede realizar?

Este procedimiento podrá presentarse de dos formas: de manera telemática a través de la pagina web de la AEAT; o presentando dicho formulario en papel en las oficinas de registro de la AEAT.

Para acceder al formulario, será necesario un número de referencia, Cla@vePIN o Certificado electrónico. Para solicitar el número de referencia será imprescindible el DNI, su fecha de validez y la Casilla 450 de la Declaración de la Renta de 2016 o los últimos 5 dígitos de una cuenta bancaria de la que sea titular el interesado.

Una vez que se accede al formulario, únicamente se necesita el nombre y apellidos, el año en el que se recibió la prestación y un número de cuenta corriente.

¿Cuánto dinero me van a devolver?

La cifra total que la AEAT baraja que va a devolver ronda los 1.200 millones de euros. Mientras que la devolución por maternidad media está alrededor los 1.600 €, la cifra por paternidad oscila los 383 €.

¿Tengo derecho a cobrar intereses de demora?

Aquellos afectados cuyas declaraciones de la Renta tuvieron resultado positivo sí tienen derecho. En cambio, los contribuyentes cuyas Declaraciones resultaron negativas, no tienen derecho.

¿Cuándo voy a cobrar el dinero?

El Ministerio de Hacienda prevé que todas las devoluciones se hagan efectivas antes de que finalice el mes de abril.

 

En GARCÍA-SOLANS TAX ADVISORS estamos a su disposición para resolver cualquier duda.

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